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La asociación recuerda que las normas técnicas pueden fijar prestaciones y ensayos aunque el producto no esté sujeto a legislación que exija este distintivo.
La Asociación Nacional de Fabricantes de Grifería y Valvulería, Agrival, advierte de que el marcado CE no es obligatorio para todos los productos de grifería y valvulería doméstica. Su utilización depende de que exista legislación europea de armonización aplicable al producto que contemple expresamente este marcado.
Según explica la asociación, las normas europeas correspondientes a la grifería sanitaria convencional y la valvulería doméstica pueden establecer requisitos técnicos, prestaciones y métodos de ensayo sin estar armonizadas a efectos del marcado CE.
Por este motivo, la ausencia del marcado CE no implica por sí misma una menor calidad o exigencia técnica. Estos productos pueden estar sujetos a normas específicas que determinan las prestaciones que deben cumplir y los procedimientos para evaluarlas.
"Es importante diferenciar claramente entre marcado CE y calidad. La ausencia del marcado CE en aquellos productos para los que no está previsto no significa que no estén sometidos a requisitos técnicos", explica Antonio Pardal, presidente de Agrival.
Agrival también llama la atención sobre el supuesto contrario, productos que incorporan el marcado CE pese a no estar sujetos a legislación europea que contemple su utilización.
La normativa europea establece que este distintivo únicamente puede colocarse cuando así lo determine la correspondiente legislación de armonización. Por tanto, si una grifería sanitaria convencional o una válvula doméstica no está sometida a ninguna disposición que lo exija, la colocación del marcado CE no sería correcta.
La asociación recomienda a distribuidores, prescriptores e instaladores identificar primero qué legislación y normas técnicas resultan aplicables a cada producto, en lugar de considerar el marcado CE como un indicador general de calidad.
La situación cambia cuando el producto incorpora características que hacen aplicable otra legislación europea. Un ejemplo es la grifería electrónica, cuyos componentes eléctricos o electrónicos pueden estar sometidos a disposiciones relacionadas, entre otros ámbitos, con la compatibilidad electromagnética o la seguridad eléctrica.
En estos casos, el producto deberá acreditar el cumplimiento de las disposiciones europeas que le sean aplicables y que contemplen la utilización del marcado CE.
La misma lógica se aplica a determinados productos de valvulería vinculados al gas. Agrival señala que el Reglamento UE 2024/3110 de productos de construcción incluye en su ámbito determinadas válvulas de gas de uso doméstico sujetas a un régimen específico de evaluación de la conformidad.
Por tanto, no es la denominación comercial de grifo o válvula la que determina la obligación de incorporar el marcado CE, sino las características del producto y la legislación europea aplicable en cada caso.
La asociación ostenta la Secretaría del Subcomité Técnico de Normalización de Grifería y Valvulería en España, UNE CTN 19/SC 2, desde el que participa en los procesos relacionados con el desarrollo y revisión de normas técnicas del sector.
Esta actividad permite trasladar la experiencia de los fabricantes españoles a los procesos de normalización nacionales, europeos e internacionales.
"Participar activamente en estos procesos nos permite aportar el conocimiento de nuestros fabricantes y contribuir a establecer requisitos que favorezcan la calidad de los productos y la competitividad del sector", señala Pardal.
Agrival plantea así como criterio para fabricantes, distribuidores, prescriptores e instaladores comprobar la legislación aplicable a cada producto antes de determinar si debe incorporar el marcado Ce, diferenciando esta obligación legal de los requisitos de calidad y prestaciones establecidos mediante normas técnicas.