5 de noviembre, 2026
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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la normativa que aprueba el plan de implantación de contadores inteligentes de gas natural.

La Orden TED/1122/2026, por la que se aprueba el plan de implantación de contadores inteligentes de gas natural y se establecen las especificaciones mínimas a cumplir por estos equipos, es una nueva norma que permitirá la sustitución progresiva y gratuita de unos ocho millones de contadores analógicos hasta 2036.

Los actuales contadores analógicos deben sustituirse al cumplir los 20 años de vida útil –circunstancia que se producirá para el 82% antes de 2033– y la normativa europea promueve la implantación de contadores inteligentes cuando el análisis coste-beneficio de la sustitución sea positivo.

Beneficios con la sustitución de contadores analógicos

Atendiendo a que los contadores inteligentes permiten una reducción del consumo que oscila entre el 1,8% y el 5%, la horquilla baja del análisis coste-beneficio arroja un balance positivo superior a los 800 millones de euros durante los 25 años de vida útil de los nuevos equipos, al considerar un coste medio del gas natural de 34 euros/MWh, menos de la mitad del coste actual.

Además, la sustitución de contadores analógicos proporciona otros beneficios, como una mejora del servicio que reduzca las reclamaciones, el establecimiento de sistemas de tarificación avanzados, una mayor detección y prevención de averías o fraudes, la operación remota o el acceso del consumidor a sus datos de consumo, y evitar desplazamientos para las lecturas de consumo.

Calendario progresivo para la implantación de contadores inteligentes

La orden establece un calendario progresivo para la implantación de contadores inteligentes de gas en los puntos de suministro con consumos inferiores a 50.000 kWh anuales, un segmento que engloba principalmente a hogares y pequeñas y medianas empresas.

Los titulares de las redes de distribución deberán sustituir e integrar en sus sistemas de telegestión al menos el 20% de su parque de contadores en un plazo de tres años desde la entrada en vigor de la normativa, porcentaje que deberá elevarse al 50% al cumplirse cinco años.

El despliegue continuará hasta alcanzar el 80% de los equipos en un periodo de siete años, con el objetivo de completar prácticamente la renovación total del parque en un máximo de diez años. Al término de este proceso, únicamente podrá mantenerse hasta un 2% de contadores analógicos, siempre que existan causas justificadas y ajenas a la responsabilidad de la empresa distribuidora.

Sistemas de telemedida

La orden también establece que las empresas titulares de la red de gas deben implantar sistemas de telemedida en los 70.000 puntos de suministro que tienen un consumo superior a 50.000 kWh e inferior a 5 GWh; en cinco años deben tenerlos al menos un 50% de los puntos de suministro, un 80% en siete años y la totalidad a los 10 años.

Finalizado el calendario, podrá exceptuarse un máximo del 2% por causas justificadas y no imputables a la empresa titular de la red.

Procedimientos y requisitos

La orden recoge los procedimientos y requisitos para desplegar los nuevos contadores inteligentes, como las obligaciones de la distribuidora o las características de los nuevos equipos, que serán compatibles con flujos de gas que incorporen al menos un 20% de hidrógeno.

El cambio de contadores será gratuito para los consumidores, salvo casos en que sea necesario una modificación sustancial de la instalación. La empresa distribuidora avisará de la sustitución de los equipos con una antelación mínima de tres meses y notificará la fecha concreta prevista para el cambio al menos 15 días antes.

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