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La actualización normativa incorpora controles automáticos de iluminación en determinados edificios no residenciales y afecta al encaje técnico de actuaciones incentivables.
La próxima actualización del Código Técnico de la Edificación, CTE, pendiente de publicación en el BOE, introduce la obligatoriedad de incorporar sistemas de control de iluminación con detectores de ocupación en determinados edificios no residenciales. El cambio tiene un efecto directo sobre varias fichas de los Certificados de Ahorro Energético, CAEs, especialmente sobre la ficha TER030, relativa a la sustitución de sistemas de iluminación por soluciones con fuentes luminosas y/o luminarias LED.
Hasta el 29 de mayo de 2026, el CTE exigía que las instalaciones de iluminación contaran con sistemas de control y regulación que incluyeran, entre otros elementos, un sistema de encendido y apagado manual externo al cuadro eléctrico y un sistema de encendido por horario centralizado en cada cuadro. En zonas de uso esporádico, como aseos, pasillos, escaleras o aparcamientos, se admitían soluciones como detectores de presencia temporizados o sistemas de temporización mediante pulsador. La normativa también contemplaba el uso de sistemas de aprovechamiento de la luz natural, capaces de ajustar automáticamente la iluminación en función de la aportación exterior, especialmente en luminarias situadas a menos de cinco metros de una ventana o bajo un lucernario.
A partir del 29 de mayo de 2026, el marco regulatorio endurece los requisitos en determinados edificios del sector terciario. En concreto, el CTE establece que los edificios no residenciales con una potencia nominal útil superior a 290 kW en instalaciones de calefacción, aire acondicionado, instalaciones combinadas de calefacción y ventilación o de aire acondicionado y ventilación, deberán incorporar controles automáticos de iluminación capaces de detectar la ocupación del espacio. Estos sistemas deberán instalarse en las zonas adecuadas para optimizar la gestión del consumo energético.
La modificación obliga a revisar el enfoque técnico de fichas como la TER030, ya que parte de las actuaciones de renovación de iluminación que hasta ahora podían evaluarse de forma aislada deberán alinearse con las nuevas exigencias reglamentarias de control automático. En la práctica, esto implica adaptar los criterios técnicos de la ficha para asegurar su coherencia con el CTE y evitar desajustes entre la normativa de edificación y los requisitos aplicables a la certificación de ahorros energéticos.
La actualización refuerza además el papel de los sistemas inteligentes de control de iluminación como una capa cada vez más relevante en la eficiencia energética de los edificios. Más allá de la sustitución de luminarias, el foco normativo se desplaza hacia la capacidad del edificio para regular el consumo en función de la ocupación y del uso real de los espacios, una lógica alineada con la digitalización de instalaciones y con la evolución del parque terciario hacia modelos de operación más eficientes.